El Ministerio de Minas respondió una consulta de la Agencia Nacional de Minería sobre los instrumentos ambientales y prerrogativas aplicables a títulos mineros derivados de procesos de devolución de áreas para formalización. Se aborda la normativa ambiental aplicable (Leyes 1955/2019, 2250/2022 y Resolución 1830/2022), la exigencia de licencias ambientales y la aplicación transitoria de guías minero-ambientales durante la formalización. Además, se discutió la inscripción en el RUCOM y se recordó que la ANM es la autoridad competente para administrar y hacer seguimiento a los contratos de concesión.