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MinTransporte aclara que el beneficio laboral por usar bicicleta no aplica a las patinetas eléctricas

Escrito por  Jul 07, 2026
El Ministerio de Transporte precisó que el incentivo de medio día laboral libre remunerado por uso de bicicleta, establecido en la Ley 1811 de 2016 para servidores públicos, es aplicable exclusivamente a bicicletas tradicionales y bicicletas con pedaleo asistido. Esta extensión a las bicicletas asistidas se da conforme a la Resolución 20223040045295 de 2022. La legislación no incluye a la totalidad de los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana, como las patinetas eléctricas (scooters) u otros similares, que son regulados por la Ley 2486 de 2025, aunque promuevan la movilidad sostenible. La distinción clave reside en la asistencia al pedaleo como requisito para calificar al beneficio.
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Modificado por última vez en Lunes, 06 Julio 2026 19:48