Así mismo, se establecería que, los administradores de los regímenes especiales y de excepción que quieran prestar el servicio de vacunación para COVID-19, podrán presentar la solicitud de autorización transitoria, ante la respectiva secretaria de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias de su jurisdicción. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.