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Análisis del Consejo de Estado en cuanto a la imputación y compensación de saldos a favor

Escrito por  Abr 29, 2021

Para la Sala, “aun cuando los saldos a favor que se van imputando de manera sucesiva se pueden ver reflejados en cada una de las declaraciones en las que se hizo el

arrastre, la solicitud de compensación o devolución debe fundamentarse en una sola declaración. Esa declaración es aquella que arroja el saldo a favor y que, a voluntad del contribuyente ya no se imputa al periodo siguiente, porque precisamente se solicita en devolución o compensación”.