y con el propósito de solicita a empresas distribuidoras y/o comercializadoras de energía eléctrica en el SIN y ZNI, autogeneradores, empresas distribuidoras y/o comercializadoras de gas combustible por redes de tubería, empresas distribuidoras y comercializadoras minoristas de GLP en cilindros y tanques estacionarios, agremiaciones de usuarios regulados y usuarios no regulados, vocales de control, usuarios y terceros interesados los temas o aspectos que a su juicio consideren deben ser mejorados, ajustados, modificados o incluidos en este nuevo régimen.