Entre otras inquietudes que absuelve este concepto, la CREG indica que en cuanto a “los mantenimientos y acciones operativas a seguir por parte de las empresas distribuidoras, conforme con lo dispuesto en el numeral 5.5.1 del capítulo 5 del Anexo General de la Resolución CREG 070 de 1998, todas las citadas empresas tienen la obligación de disponer de un Manual de Operación en el cual debe estar consignado todo lo relacionado con las conductas operativas y de mantenimiento de las empresas”.