De acuerdo con la doctrina publicada por la CREG, el ingreso mensual de los OR, así como los cargos de cada nivel de tensión y los cargos por uso, serán liquidados y actualizados por el Liquidador y Administrador de Cuentas, LAC, de acuerdo con lo previsto en esta resolución, para lo cual deberá calcular las variables necesarias.
A través de un concepto la CREGG expuso que, cuando un usuario, al que se le ha aprobado una solicitud de conexión, no hace uso de ella, podrá presentar una nueva solicitud a partir del séptimo mes siguiente al de expiración de la capacidad aprobada no utilizada.
A través de un concepto la CREG dispuso que, las variaciones de la tasa representativa del mercado son asumidas por los operadores de red, a quienes se aprueban inversiones para el periodo tarifario con base en el listado de unidades constructivas, UC, de que trata el Capítulo 14 de la Resolución CREG 015 de 2018, que incluyó en su momento una TRM de 2.951,15 (promedio de la TRM en el 2017 considerando los días hábiles).
De acuerdo con la doctrina publicada por la CREG, los prestadores del servicio de energía eléctrica deben utilizar la mejor información disponible para el cálculo de las tarifas.
La CREG publicó para comentarios los resultados del estudio de construcción de metodologías basadas en líneas base de consumo o mecanismos alternos para programas de respuesta de la demanda, junto con las respuestas a los comentarios de los productos preliminares y al taller virtual que se realizó el 16 de diciembre de 2020.