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A través de concepto, la SSPD se pronunció sobre el procedimiento legal para imposición de servidumbres

Escrito por  Jul 28, 2021

“Existe un procedimiento legal para imponer servidumbres, razón por la cual, a voces de lo dispuesto en las Leyes 56 de 1981 y 142 de 1994, los prestadores de servicios públicos domiciliarios, quienes no están autorizados para constituirlas directamente, pueden promover el proceso pertinente ante la autoridad judicial competente, atendiendo para ello las disposiciones vigentes al respecto.”

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Modificado por última vez en Miércoles, 28 Julio 2021 08:02