De acuerdo con el presente concepto, si una petición no cumple con las características la designación de la autoridad a la que se dirige, los nombres y apellidos del solicitante y/o apoderado, el objeto de la petición, las razones en las que fundamenta su petición, la relación de los documentos que presenta para iniciar el trámite, y la firma del peticionario, el prestador bien puede requerir al peticionario para que este complete o aclare la solicitud con el fin de dar trámite de fondo a la misma.