la cual podía ser llevada de forma no presencial, conforme a lo señalado en el Decreto 398 de 2020 y las Circulares emitidas para el efecto por la Supersociedades.
Es de aclarar que la SSPD no se encuentra facultada para ampliar los plazos dispuestos para el cargue de la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2019 toda vez que solo corresponde al legislador hacerlo.