residenciales (comerciales e industriales). Para todos estos, la tarifa será del 20% del costo de prestación del servicio. Por otro lado, los puestos y centros de salud, los hospitales, las clínicas y los centros educativos y asistenciales, siempre y cuando sean sin ánimo de lucro, estarán exentos de la contribución de solidaridad en el servicio público de energía eléctrica.