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Procedimiento establecido por el MinTransporte para el levantamiento de limitación o gravamen a la propiedad de vehículo automotor

Escrito por  Ago 10, 2020

El Ministerio de Transporte, señala que, frente al trámite de levantamiento de limitación o gravamen a la propiedad de un vehículo, el organismo de tránsito deberá validar el cumplimiento de los requisitos consignados: formato de solicitud de trámite debidamente diligenciado y el documento original en el que conste la inscripción, el levantamiento de la limitación o gravamen a la propiedad en el que se deberán adherir las improntas del vehículo.

La existencia del SOAT en el sistema RUNT, que el usuario se encuentra a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito; pago realizado por el usuario por los derechos del trámite a favor del Ministerio de Transporte y de la tarifa RUNT, y verifica la realización del pago correspondiente a los derechos del organismo de tránsito. Validados los requisitos anteriores, el organismo de tránsito procederá a expedir la nueva licencia de tránsito.

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