y acredita al conductor para el desarrollo de dicha actividad, la cual se debe portar por este durante la prestación del servicio, razón por la que las empresas de transporte que permitan la prestación del servicio sin el porte de ese documento o portarlo sin cumplir los requisitos exigidos, constituye una contravención a las normas de transporte que debe ser investigada y sancionada en los términos establecidos en el Capítulo Noveno de la Ley 336 de 1996.