La Entidad explicó que el tema de caducidad de los cobros a terceros ha estado presente en la legislación civil y en la Resolución CREG 070 de 1998 se incluyó expresamente la obligación, a cargo del OR, de remunerar a los terceros propietarios de activos (personas, distintas a un OR, que son propietarias de activos a través de los cuales un OR presta el servicio público), en el numeral 9.3 “Derecho a la propiedad de activos en un STR Y/O SDL”. Otros temas son desarrollados por la Entidad a través de este concepto.