En el presente concepto la CREG con base en la normatividad vigente indicó que un usuario autogenerador a pequeña escala (AGPE) puede presentar dos situaciones regulatorias; que en el caso de un usuario cuyo consumo de energía se encuentre registrado en una de las fronteras comerciales para agentes y otro como usuario cuyos detalles se encuentran en el link de la presente noticia.