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Consideraciones de la CREG sobre el proceso de conexión y requisitos para generadores distribuidos; documentación y cumplimiento del código de medida sin exoneraciones

Escrito por  Nov 14, 2024

El proceso de conexión para Generadores Distribuidos (GD) se detalla en el Anexo 5 de la Resolución CREG 174 de 2021, que establece varias etapas. La documentación requerida depende de la capacidad instalada del GD. Para capacidades menores o iguales a 100 kW, se debe presentar la documentación al inicio de la solicitud en la página web del Operador de Red. Si la capacidad es mayor a 100 kW, se entrega la documentación al momento de presentar el estudio de conexión.

En cuanto a las exoneraciones del cumplimiento del Código de Medida, la CREG aclara que no se aplican exoneraciones a los GD. Todos los generadores deben cumplir con los requisitos establecidos para las fronteras de generación, según el Código de Medida y la Resolución CREG 038 de 2014. Esto implica que los GD, representados como empresas de servicios públicos domiciliarios, deben adherirse a todas las normativas pertinentes sin excepciones.

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