Sin embargo, el Consejo indicó que, en esta etapa preliminar del proceso, no había evidencia suficiente que demostrara la transgresión de las normas invocadas. Específicamente, se consideró que el examen inicial no mostraba una violación evidente del ordenamiento jurídico, lo que es un requisito para la procedencia de la medida cautelar. Además, el Consejo subrayó que los actos administrativos demandados no estaban relacionados con el manual de funciones, lo cual limitaba la posibilidad de pronunciarse sobre las ilegalidades alegadas. Por lo tanto, se resolvió negar la medida cautelar, permitiendo así la continuidad del proceso de selección establecido por la CNSC.