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CREG aclaró que no es competente para verificar la correcta aplicación de la regulación por parte del operador de red; esta función corresponde a la SSPD

Escrito por  May 19, 2025

La solicitud expone que Centrales Eléctricas de Norte de Santander (CENS) ha negado injustificadamente el trámite para instalar un proyecto de paneles solares, pese a que la empresa solicitante cumplió con todos los requisitos, afectando la transparencia, generando retrasos y comprometiendo metas energéticas y de sostenibilidad. Se pide la intervención de la CREG para garantizar un proceso ágil y transparente, supervisar a CENS y, de persistir la negativa, recurrir a instancias judiciales y al Ministerio de Minas y Energía para sanciones.

La CREG aclara que no es competente para verificar la correcta aplicación de la regulación por parte del operador de red; esta función corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), que tiene atribuciones de control, inspección y vigilancia sobre los prestadores de servicios públicos eléctricos, razón por la cual remitió el caso a dicha entidad para su revisión y seguimiento.

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Modificado por última vez en Domingo, 18 Mayo 2025 19:51