El traslado del medidor o centro de medición de gas puede ser realizado por terceros distintos al distribuidor, pero siempre requiere la aprobación previa del distribuidor. Esto se debe a que el distribuidor es responsable del estricto cumplimiento de las normas de seguridad, protección ambiental y urbanísticas en sus redes. Además, tiene la obligación de prestar el servicio únicamente a instalaciones que cumplan con los requisitos mínimos de seguridad. Por tanto, cualquier traslado debe garantizar que estas condiciones se mantengan, asegurando la calidad, trazabilidad e integridad del sistema de medición y del servicio que se presta a los usuarios.