El ministerio de Ambiente analizó la norma que establece límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para fuentes móviles terrestres, aplicado tanto a vehículos nuevos de carretera como a fuentes móviles de uso fuera de carretera, sean nuevas o usadas. La Entidad explicó que su propósito es mejorar la calidad del aire y contribuir a la reducción de emisiones contaminantes conforme a compromisos internacionales, especialmente el Acuerdo de París. La norma excluye explícitamente a las fuentes móviles de carretera usadas del listado de bienes sujetos a control ambiental previo a su importación, en coherencia con políticas nacionales que promueven la modernización del parque automotor y la transición hacia tecnologías limpias, incentivando la movilidad eléctrica y la incorporación de vehículos con bajas emisiones. Además, se regula que los vehículos importados deben cumplir con requisitos mínimos ambientales, acreditando normas de emisión vigentes, tal como lo establece el Decreto 1076 de 2015 y el Decreto 925 de 2013. El proceso de expedición de esta resolución incluyó consulta pública nacional e internacional y seguimiento al principio de jerarquía normativa. Así, la Resolución regula técnicamente las emisiones de fuentes móviles terrestres para proteger el ambiente y favorecer la renovación del parque automotor en Colombia, asegurando la compatibilidad con la normativa ambiental nacional e internacional.