El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ha emitido un concepto clave sobre el manejo de materiales sobrantes en planes de restauración y recuperación para el Bosque Oriental de Bogotá y su Franja de Adecuación. La cartera subraya que estas zonas se rigen por instrumentos específicos como la Resolución 1766 de 2016. Los materiales extraídos, como suelos y rocas, deben manejarse según los Planes de Restauración o Manejo Ambiental aprobados, priorizando su reutilización dentro del mismo predio. Si el retiro es indispensable, debe realizarse hacia sitios autorizados por la autoridad ambiental o el ente territorial, conforme a la normativa de residuos de construcción y demolición. El acopio temporal se limita al tiempo estrictamente necesario. Se reitera que las actividades mineras están prohibidas en la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental.