Colombia Compra Eficiente aclaró que la actualización de las sumas aseguradas en las garantías contractuales solo procede ante circunstancias que alteren las condiciones iniciales, como la ampliación del plazo de ejecución, la modificación del valor contractual o cambios en los riesgos asegurados. No existe una obligación legal automática de actualizar por el simple transcurso del tiempo, la pérdida de poder adquisitivo de la moneda o la variación de indicadores económicos, a menos que se haya pactado expresamente. En cuanto a la póliza de responsabilidad civil extracontractual, la variación anual del salario mínimo legal mensual vigente por sí sola no genera la obligación de actualizarla o reexpedirla. Las entidades deben analizar si las diferencias mínimas en el valor asegurado afectan materialmente la cobertura o si son solo variaciones nominales que no justifican la exigencia de un nuevo ajuste.