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SuperSociedades aclara dudas sobre la autorización previa para adelantar fusión y escisión bajo el régimen de autorización general

Escrito por  Ene 21, 2021

De acuerdo con el 220-002033 deben solicitar autorización previa las sociedades controladas, las sociedades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades por una causal distinta a la señalada en el artículo 2.2.2.1.1.1 del Decreto 1074 de 2015 las sociedades sometidas a la supervisión de otra Superintendencia que no cuente con tales facultades.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 17:03