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Pronunciamiento de la CREG sobre los plazos otorgados para la entrega de reportes sobre calidad del servicio, menores inversiones o mayores pérdidas por parte del operador de red

Escrito por  Ene 25, 2021

En primer lugar, la CREG aclara que, en la Resolución CREG 015 de 2018 no se establecen sanciones por el incumplimiento en las metas de calidad del servicio, menores inversiones o mayores pérdidas por parte del operador de red.

Por otra parte, los ingresos anuales de cada empresa, de acuerdo con la metodología, son establecidos de manera integral, considerando los niveles de inversión, los gastos, los incentivos, la calidad del servicio suministrado, los índices de pérdidas, entre otros, por lo cual, se entiende que realizar ajustes que modifiquen el balance, en cualquier sentido, entre el nivel de ingresos reconocido y el nivel del servicio previsto se aleja de lo establecido en la metodología de la Resolución CREG 015 de 2018. La CREG reitera que, la metodología establecida en la Resolución CREG 015 de 2018 es lo suficientemente flexible en cuanto a la ejecución y remuneración de los planes de inversión.

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Modificado por última vez en Lunes, 25 Enero 2021 14:52