el volumen de residuos generados y la actividad de donde se derivan los residuos. En tal sentido, la clasificación quedó así: Grandes generadores o productores, pequeños generadores o productores, usuario no residencial y usuario residencial.
La CRA indicó a través de concepto, que en el Decreto 1077 de 2015 se definieron los usuarios del servicio público de aseo de acuerdo con dos criterios:
el volumen de residuos generados y la actividad de donde se derivan los residuos. En tal sentido, la clasificación quedó así: Grandes generadores o productores, pequeños generadores o productores, usuario no residencial y usuario residencial.