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Presunción de veracidad en los hechos consignados en las declaraciones tributarias, en las correcciones a las mismas o en las respuestas a requerimientos administrativos: Consejo de Estado

Escrito por  Sep 25, 2020

“El 781 del Estatuto Tributario no impide que el contribuyente presente los documentos soporte de costos y deducciones con posterioridad al momento en que le fueron exigidos, ni exime a la autoridad fiscal de valorarlos para establecer su procedencia”.

De allí que la Sala haya señalado que dicho precepto no impide la posterior presentación y valoración de tales documentos, pues lo cierto es que el contribuyente puede allegar toda prueba requerida para demostrar el derecho que pretenda, incluso con la demanda.

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