En todo caso, y dado que tales áreas constituyen una excepción a la regla de libertad de entrada que impide la competencia en una zona geográfica específica durante un tiempo determinado, se requiere para su establecimiento de una detallada justificación de los motivos que las aconsejan, la cual deberá ser verificada por la Comisión de Regulación correspondiente, en orden a asegurar la viabilidad financiera de la extensión de la cobertura a las personas de menores ingresos.