Todos los contratos en que los municipios o distritos entreguen en concesión la prestación del servicio de alumbrado públicos a terceros, deberán sujetarse en todo a la Ley 80 de
Según el informe “La energía registrada en las localidades que tienen telemetría para el mes de abril es 30.439 MWh, presentando un incremento del 2.5% frente al mes de marzo (29.702 MWh). El 53.2 % de la energía generada se concentra en San Andrés y aproximadamente 4.0 % de la energía registrada corresponde a localidades con consumos inferiores a 100.000 kWh.”
A través del presente concepto la CREG aclaró que el cobro por el consumo de energía reactiva en exceso sobre el límite, no puede considerarse como una penalización,
De acuerdo con la ponencia, “este proyecto, se convierte entonces como el vehículo legislativo para incorporar medidas que logren reducir la emisión de Gases Efecto Invernadero a través de la generación de energía y de promover el uso de combustibles limpios en el transporte. Algo que de manera pródiga podemos entender como la transición energética”.
“En relación a las plantas que se quieren conectar al SIN para comercializar la energía producida, éstas deben cumplir con los requisitos de conexión, con las reglas de operación y con las reglas comerciales, conforme a las resoluciones que se describen más adelante. Es importante señalar que una planta que se conecte al SIN y tenga frontera comercial registrada,