La Circular tiene como objetivo establecer instrucciones claras para la implementación de la Resolución 214 de 2022, la cual regula los dispositivos médicos sobre medida bucal (DMSMB) en Colombia. Este documento está dirigido a personas naturales y jurídicas dedicadas a la fabricación y reparación de estos dispositivos, así como a profesionales de la odontología. Se enfatiza la importancia de la prescripción de DMSMB por odontólogos, garantizando así la salud y seguridad del consumidor. Además, se prohíbe la publicidad dirigida al público en general sobre estos dispositivos, permitiendo únicamente la comunicación con profesionales de la odontología. Se detallan responsabilidades en cuanto al control de calidad y requisitos que deben cumplirse durante la fabricación, potenciando la supervisión técnica adecuada e independizando los procesos de fabricación y de control de calidad, para asegurar la conformidad y calidad de los productos.
La Circular Externa del Ministerio de Salud tiene como propósito garantizar el acceso oportuno y efectivo a los servicios de salud para la población colombiana, reafirmando la obligación de los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) de cumplir estrictamente con la normativa vigente. Se enfoca en la facturación electrónica de venta en salud (FEV) y el uso del Registro Individual de Prestación de Servicios (RIPS), prohibiendo la imposición de barreras administrativas y condiciones no autorizadas que obstaculicen la prestación de servicios de salud. Además, destaca la importancia de las resoluciones recientes que regulan la calidad de la información y los procesos de auditoría, estableciendo responsabilidades claras para las entidades de pago y proveedores de salud, y advirtiendo sobre sanciones por incumplimientos que afecten el derecho a la salud de los usuarios.
La Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Salud que revise la reglamentación sobre el derecho a morir con dignidad para niños, niñas y adolescentes, asegurando que los menores con discapacidad intelectual no sean excluidos de solicitar procedimientos de eutanasia. Esto surge a raíz de una acción de tutela presentada por la madre de un adolescente con un cuadro clínico complejo. La Corte concluyó que, aunque no se accedió a la solicitud de amparo debido a la falta de evidencia sobre la voluntad de morir, se deben garantizar cuidados paliativos efectivos para mitigar su dolor.
Esta decisión fue adoptada por la Corte Constitucional el 21 de noviembre de 2024 y el texto de la providencia fue recientemente dado a conocer. La Corte declaró a inexequible el artículo 162 de la Ley 2294 de 2023, que creó el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos por violar principios cruciales del proceso legislativo. En primer lugar, se infringieron los principios de consecutividad e identidad flexible, al incluir la creación del INDTOT de manera sorpresiva en las plenarias, sin haber sido discutida ni justificada previamente en las comisiones correspondientes. Esto contraviene la lógica y coherencia requeridas en el trámite legislativo.
La Corte Constitucional, en revisión de un fallo de tutela, abordó el caso de una adolescente cuya educación se vio afectada por problemas de salud mental derivados de acoso escolar. Los padres de la joven interpusieron la acción argumentando que la institución educativa actuó de manera discriminatoria al no permitir su regreso a clases presenciales y no implementar ajustes razonables para su inclusión. Se examinan las barreras impuestas por el colegio, las cuales obstaculizaron el acceso efectivo a la educación, infringiendo así derechos fundamentales. La Corte concluye que la institución vulneró el derecho a la educación inclusiva al no abordar adecuadamente el acoso escolar y al no facilitar el acceso a un entorno educativo seguro. La decisión resalta la obligación de las instituciones educativas de garantizar un entorno inclusivo y libre de discriminación, así como la prohibición de imponer condiciones que limiten el acceso a la educación. La Corte, reconociendo la valentía de la adolescente por denunciar, establece medidas correctivas para proteger sus derechos y prevenir situaciones similares en el futuro.