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Lunes, 12 Octubre 2026

Edición 1740 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El artículo 162 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, que creó el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT), fue declarado inconstitucional por la Corte Constitucional de Colombia por varias razones. La Corte consideró que el Congreso de la República violó los principios de consecutividad e identidad flexible, que son fundamentales para asegurar la racionalidad y coherencia en el trámite legislativo. Esto se debió a que la creación del INDTOT se incluyó en una proposición durante los debates de las plenarias de Senado y Cámara, sin que se demostrara su conexión con los temas discutidos en las sesiones conjuntas de las comisiones correspondientes.

 Los correos habilitados para recibir comentarios son: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  y   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El proyecto de norma establece la regulación del acceso a la información para consumidores de cigarrillos y productos de tabaco, en cumplimiento de la Ley 2354 de 2024. Su objetivo es garantizar que los consumidores reciban información clara y precisa sobre los productos, incluyendo instrucciones de uso, advertencias de seguridad y detalles sobre el mantenimiento y disposición final de los dispositivos. Se especifica que los productos deben incluir información en idioma castellano y cumplir con las normativas de etiquetado y empaquetado establecidas en la Ley 1335 de 2009. Además, se prohíbe la publicidad y promoción de estos productos, protegiendo así a los menores de edad y a la población en general. La resolución también detalla la información mínima que debe ser proporcionada por los productores y proveedores, asegurando que los consumidores estén debidamente informados sobre los riesgos y características de los productos de tabaco y sus derivados.

El decreto introduce cambios significativos en la regulación del personal auxiliar en el sector salud en Colombia. Se establece que para obtener certificados en áreas auxiliares, los programas de formación deben tener una duración mínima de 1,600 horas, con un 60% de formación práctica y un 40% teórica. Para ciertos programas, se requiere un mínimo de 1,000 horas. Además, se enfatiza la inclusión de promotores de salud, adaptando la formación a las realidades culturales y sociales de diversas comunidades. Este enfoque busca mejorar la calidad de la atención en salud, promoviendo la participación comunitaria y garantizando el derecho a la salud de manera equitativa y accesible para todos los ciudadanos. La normativa refuerza la importancia de la formación adecuada y la certificación del talento humano en salud.

La norma establece un procedimiento para la selección de colegios profesionales del área de la salud a quienes se delegarán funciones públicas. El proceso se divide en varias etapas: se publicará un aviso en un diario de amplia circulación y en la página web del ministerio, donde se indicarán los requisitos y fechas relevantes; los colegios pueden plantear dudas dentro de los 5 días hábiles posteriores a la convocatoria y se podrán presentar dentro de 10 días hábiles tras la publicación de resultados, y se resolverán en 15 días hábiles. el proceso busca asegurar transparencia, igualdad y eficacia en la delegación de funciones públicas.

Recientemente, la Corte ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social que modifique y actualice el procedimiento para las solicitudes de eutanasia, reafirmando la necesidad de avanzar en la protección de una muerte digna. El texto de la providencia aún no está disponible.