Para la Sala, “está acreditado que la oficina judicial encargada de la administración de los depósitos judiciales incumplió el deber de verificar con el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Cartagena, la veracidad de la orden de entrega del título judicial. De ahí que la demandada incurrió en un defectuoso funcionamiento de la administración de justicia por la pérdida del título judicial por valor de $130.296.461. Como además se demostró que ese título judicial quedó como remanente a favor del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena dentro del proceso laboral (hecho probado), se revocará la decisión de primera instancia y se condenará por este concepto a la demandada”.