El Ministerio de Transporte indicó que los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) deben exigir el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente para realizar la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes. Si un vehículo no cuenta con el SOAT, se debe reportar al Organismo de Tránsito correspondiente para imponer una orden de comparendo. La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Concesión RUNT 2.0 deben implementar sistemas que permitan verificar en línea la cobertura del SOAT y automatizar el reporte de infracciones. La circular también menciona que la evasión de la revisión técnico mecánica es del 57% y del SOAT del 48%. Se instruye a las autoridades a controlar el cumplimiento de estas normativas, ya que son esenciales para la seguridad vial y la protección de los derechos constitucionales. Además, se recuerda que no se deben realizar pagos para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.