En general, estos ingresos deben reflejarse en el formulario correspondiente, garantizando que la DIAN cuente con la información necesaria para adecuadas verificaciones y retenciones tributarias.
Sí, los ingresos en especie deben reportarse en el Formulario de pagos o abonos a favor del trabajador en el Certificado de Ingresos y Retenciones. Sin embargo, agrega la DIAN, existen excepciones, como los pagos realizados por empleadores bajo pactos o convenciones colectivas que no están sujetos a este reporte. Según el artículo 29-1 del Estatuto Tributario, los pagos en especie constituyen ingresos para el beneficiario, que puede ser el trabajador, su cónyuge o personas vinculadas dentro de un cierto grado de parentesco. El literal h) del artículo 379 del mismo Estatuto establece que el Certificado de Ingresos y Retenciones debe incluir el valor de todos los pagos realizados a favor del asalariado, lo que incluye, por tanto, los ingresos en especie.
En general, estos ingresos deben reflejarse en el formulario correspondiente, garantizando que la DIAN cuente con la información necesaria para adecuadas verificaciones y retenciones tributarias.