Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

El Ministerio de Salud estableció disposiciones unificadas y metodología para el presupuesto máximo en la gestión y financiación de servicios y tecnologías en salud no cubiertos por la UPC

Escrito por  Ene 24, 2025

El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia ha emitido una resolución que establece disposiciones unificadas y un marco metodológico para regular el presupuesto máximo destinado a la gestión y financiación de servicios y tecnologías en salud que no están cubiertos por la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Esta normativa busca garantizar que los servicios y tecnologías no excluidos de la financiación del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) sean gestionados de manera eficiente y equitativa. La resolución también se fundamenta en la Ley 1955 de 2019, que establece que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) deben gestionar estos recursos con base en un presupuesto máximo asignado anualmente por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES). Además, se contempla un procedimiento para la asignación del presupuesto en caso de que no se cuente con los resultados de auditoría en los plazos establecidos.

Descargar Documento