Tras el análisis, se concluyó que el proyecto es jurídicamente inviable, ya que desconoce definiciones y directrices previamente establecidas en el Acuerdo 927 de 2024. El pronunciamiento resalta que la iniciativa repite disposiciones de un proyecto anterior (No. 839 de 2024) y omite competencias relacionadas con el espacio público que recaen en otras entidades, como el Departamento Administrativo del Espacio Público (DADEP). Además, se cuestionan varios artículos y se sugieren aclaraciones y modificaciones para una mejor coherencia y alineación con la normatividad existente, especialmente en cuanto al manejo de recursos y la responsabilidad de las entidades en su ejecución.