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Posibilidad de sustitución de garantías, en el contexto de proyectos de generación de energía, de acuerdo con las normas establecidas por la CREG

Escrito por  Abr 01, 2025

La CREG analiza la posibilidad de sustituir la garantía establecida en la Resolución CREG 071 de 2006 por la garantía de la Resolución CREG 022 de 2001 en el contexto de proyectos de generación de energía. Según la Resolución CREG 075 de 2021, es viable sustituir garantías que cubran los mismos eventos. Sin embargo, se establece que, si las garantías exigidas en cada regulación abarcan diferentes situaciones, no se permitirá esta sustitución. En el caso planteado, la garantía de la Resolución CREG 022 cubre la entrada en operación del generador, mientras que la Resolución CREG 071 aborda aspectos diferentes relacionados con la construcción y operación de plantas. Por consiguiente, no es posible sustituir una garantía por la otra a menos que esté explícitamente permitido en la normativa. Esto garantiza que los compromisos de los agentes con el sistema eléctrico se cumplan adecuadamente, evitando costos adicionales para los usuarios.

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Modificado por última vez en Lunes, 31 Marzo 2025 22:51