La CREG precisa que la invasión de servidumbres en líneas de transmisión no se considera un evento externo causado por fenómenos naturales, por lo tanto, no es clasificable como evento de que trata el punto iv) del numeral 4.6 de la Resolución 011 de 2009. Sin embargo, las empresas deben garantizar la seguridad y tomar acciones preventivas para evitar invasiones y reducir riesgos, cumpliendo con las reglamentaciones técnicas. Además, la interpretación de las normas sobre eventos no imputables ha sido ampliada por la Ley 1523 de 2012 para incluir eventos antropogénicos no intencionales, como ocupaciones de terrenos, considerados causas legítimas de exclusión en el marco regulatorio.