La CRA aclara que la facturación del servicio de aseo en Palmira debe estar de acuerdo con su segmento tarifario, determinado por el número de suscriptores y su clasificación en la normatividad vigente. Para ello, se debe verificar si Palmira cumple con las condiciones del segmento 1 o 2 según la resolución, considerando variables como la cantidad de suscriptores y reportes oficiales del cambio de condiciones. Además, cualquier modificación en el segmento requiere presentar un nuevo estudio de costos ante la CRA y la Superintendencia, acorde con los lineamientos establecidos. La autoridad recuerda que las respuestas son orientativas, no vinculantes, y que los cambios de segmento no son automáticos, sino que deben seguir procedimientos formales y ajustarse a los criterios normativos, garantizando la adecuada regulación tarifaria y que los usuarios no se vean afectados por cambios no informados o no debidamente autorizados.