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Ministerio de Ambiente absolvió consulta sobre la obligación de caracterizar vertimientos de aguas residuales domésticas

Escrito por  Dic 11, 2025

La Entidad responde a varias preguntas sobre la obligatoriedad de caracterizar vertimientos de aguas residuales domésticas (ARD). Se establece que, si bien las ARD vertidas al alcantarillado no están sujetas a la Resolución 631 de 2015, el prestador del servicio o la autoridad ambiental competente pueden solicitar al usuario la caracterización si existen indicios de que las aguas no son exclusivamente domésticas. Los suscriptores y usuarios tienen la obligación de presentar la caracterización al prestador. El incumplimiento de presentar la caracterización puede dar lugar a una investigación administrativa sancionatoria ambiental por parte de la autoridad ambiental. Finalmente, el Ministerio se abstiene de emitir juicios sobre actuaciones administrativas pasadas de otras autoridades, como la razón por la cual un requerimiento se hace después de seis años.

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Modificado por última vez en Miércoles, 10 Diciembre 2025 22:35