Un juez de Bogotá negó por improcedente la acción de tutela interpuesta contra la Agencia Nacional de Hidrocarburos por la aprobación de la cesión del bloque Sinú-9 y respaldó la actuación de la entidad. La decisión concluyó que la ANH respondió oportunamente los derechos de petición del accionante y actuó conforme a la ley en todas las etapas del trámite, sin que se configurara vulneración alguna de derechos fundamentales. El despacho también rechazó suspender el acto administrativo que avaló la cesión y declaró la carencia actual de objeto. El fallo reiteró que la tutela no puede usarse para reabrir procedimientos cerrados ni para perseguir intereses económicos. La Procuraduría y la Fiscalía coincidieron en que no hubo irregularidades, mientras que la ANH destacó que la justicia avaló la legalidad de su actuación en este proceso contractual. Descargar Fallo/Descargar comunicado