Los Ministerios de Hacienda y Minas emitieron la Resolución que establece el ingreso al productor para el alcohol carburante y el biocombustible destinado a motores diésel. Esta medida, basada en facultades que regulan la prestación eficiente del servicio público de distribución de combustibles, busca actualizar los valores conforme a la metodología de cálculo y reflejar las condiciones reales del mercado. A partir del 01 de febrero de 2026, se fijan los siguientes ingresos al productor, aplicables en todo el territorio nacional, sin importar modificaciones en los niveles de mezcla: Alcohol Carburante: $12.009,62 M/Cte. por galón. Biocombustible para uso en motores diésel: $18.383,60 M/Cte. por galón.