La DIAN precisó que las indemnizaciones otorgadas a las víctimas del conflicto armado interno, en el marco de la Ley 1448 de 2011 por graves violaciones a los derechos humanos, no constituyen un ingreso gravable ni están sujetas a retención en la fuente. Esta medida se fundamenta en que tales reparaciones no buscan enriquecer a la víctima, sino restablecer sus derechos, mitigar el daño sufrido y procurar su restitución al estado previo a la violación. La DIAN subraya que es el cumplimiento de una obligación constitucional e internacional de reparación integral por parte del Estado, asegurando que la compensación económica sea justa y proporcional al daño. El concepto enfatiza la necesidad de que las víctimas reciban estas cantidades de forma íntegra y efectiva, sin gravámenes fiscales