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CRA explica el contexto normativo y responsabilidades sobre facturación conjunta del servicio de aseo en Bogotá

Escrito por  May 15, 2026

La CRA aclaró que el cobro del servicio de aseo a través de la factura de energía en Bogotá debe realizarse mediante convenios de facturación conjunta suscritos entre prestadores del servicio, sin requerir autorización previa de la Comisión. La facturación conjunta está regulada por la Ley 142 de 1994, el Decreto 1077 de 2015 y resoluciones CRA 778 de 2016 y 943 de 2021, que establecen las condiciones y obligaciones para estos acuerdos, incluyendo la justificación de costos y la transparencia en la metodología tarifaria. La CRA señaló que no expide actos administrativos particulares ni cuenta con estudios o convenios específicos sobre este cambio, y que la supervisión corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) y otros organismos.

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Modificado por última vez en Jueves, 14 Mayo 2026 18:13