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SSPD aclara reglas de medición y facturación del servicio de acueducto en propiedad horizontal

Escrito por  Jun 16, 2026

La SSPD hizo claridades sobre la medición y facturación del servicio de acueducto en propiedades horizontales. La Entidad subrayó que cada unidad residencial debe contar con medidores individuales y acometidas propias cuando sea técnicamente posible, garantizando el derecho a la medición del consumo real como base principal del cobro. Si un proyecto tiene una única acometida, se facturará a un solo suscriptor, siendo el prorrateo interno entre ocupantes un acuerdo civil entre particulares, ajeno a la esfera de la SSPD. La Superintendencia enfatiza que los constructores no están autorizados para prestar o facturar estos servicios, y cualquier conflicto por costos o incumplimientos de entrega de medidores es materia contractual privada, fuera de su competencia.

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Modificado por última vez en Lunes, 15 Junio 2026 17:42