La SSPD hizo precisiones sobre el Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos (FSRI). Ante la consulta sobre procedimientos, requisitos y condiciones para que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios se vinculen al FSRI, así como las condiciones jurídicas, técnicas, presupuestales y administrativas para la inclusión en el esquema de subsidios y contribuciones, la SSPD precisó las responsabilidades. La entidad destacó que los prestadores deben comunicar anualmente a los municipios sus necesidades de subsidios y estimaciones de recaudo por aporte solidario. Los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos deben mantener contabilidad separada por servicio, sin transferir recursos entre ellos. Asimismo, se subraya la obligación de los prestadores de reportar información financiera, comercial, administrativa y técnico-operativa al Sistema Único de Información (SUI), administrado por la Superservicios.