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Por omitir licitación pública, Consejo de Estado declara nulo convenio para la prestación del servicio público de gas en San Vicente del Caguán

Escrito por  Sep 23, 2026

El Consejo de Estado declaró, de oficio, la nulidad absoluta del Convenio No. 23 del 28 de junio de 2011, celebrado entre el Municipio de San Vicente del Caguán y Gasdicom S.A. E.S.P., para la construcción de redes de gas natural y la prestación del servicio público domiciliario. La Sala concluyó que, pese a su denominación como convenio, el negocio correspondía materialmente a un contrato estatal bilateral y oneroso, cuyo objeto comprendía infraestructura y prestación del servicio de gas. Por ello, su celebración debía sujetarse al Estatuto General de Contratación y, específicamente, a la licitación pública exigida por el parágrafo del artículo 31 de la Ley 142 de 1994 para seleccionar al prestador. Sin embargo, el Municipio acudió a la contratación directa, eludiendo el procedimiento de selección objetiva, en contravía del numeral 8 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993. En consecuencia, la nulidad del convenio cobijó los actos expedidos con ocasión de este, incluida la declaratoria de incumplimiento y la liquidación unilateral.

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Modificado por última vez en Martes, 22 Septiembre 2026 17:44