El DNP explicó aspectos relacionados con las entidades territoriales que ejecutan proyectos financiados con recursos del Sistema General de Regalías (SGR). Frente a la posibilidad de que estas entidades reciban recursos por concepto de gastos de administración, señaló que el marco normativo del SGR no contempla ni autoriza ninguna contraprestación económica por esta función. Los recursos del SGR están destinados exclusivamente a financiar proyectos de inversión orientados al desarrollo social, económico y ambiental de las regiones. Por ello, no es posible establecer mecanismos para reconocer dichos gastos, y las entidades ejecutoras deben garantizar la adecuada gestión de los recursos dentro del presupuesto aprobado para la inversión.