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MinEnergía explica la viabilidad del pago de subsidios de gas de vigencias anteriores a la luz de la jurisprudencia constitucional

Escrito por  Oct 26, 2026

El Ministerio de Minas y Energía explicó la viabilidad legal y la competencia de la entidad para el reconocimiento de subsidios del sector de gas combustible por red, correspondientes a la vigencia 2012 y siguientes, a través del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos (FSSRI). La Entidad estudió el marco constitucional y legal de los subsidios, los artículos 67, 86, 89 y 100 de la Ley 142 de 1994, la reglamentación de las liquidaciones trimestrales del Decreto 1073 de 2015 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre el principio de solidaridad, y concluyó que no existe norma que impida el reconocimiento y pago de subsidios otorgados a usuarios de estratos 1 y 2 en años anteriores, siempre que se constate y valide la efectividad de su prestación, con el cumplimiento de las liquidaciones trimestrales y los requisitos reglamentarios. La entidad precisó que el inciso final del artículo 51 de la Ley 2559 de 2025 habilita el pago de saldos causados en vigencias anteriores con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal siguiente y recomendó consultar a las áreas financieras y a la Dirección del Tesoro Nacional por tratarse de un tema presupuestal.

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Modificado por última vez en Domingo, 25 Octubre 2026 19:46