para definir e identificar al beneficiario real de los actos de adquisición del 10% o más de la composición del capital o del patrimonio de una entidad promotora de salud, en los términos del artículo 75 de la Ley 1955 de 2019.
El proyecto busca proveer de criterios generales o pautas orientativas a la Superintendencia Nacional de Salud, basadas en los estándares nacionales e internacionales ya existentes,
para definir e identificar al beneficiario real de los actos de adquisición del 10% o más de la composición del capital o del patrimonio de una entidad promotora de salud, en los términos del artículo 75 de la Ley 1955 de 2019.