En ese sentido, se establecería que, Durante el término de la emergencia sanitaria, declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Covid-19, la afiliación de las personas que se encuentren detenidas cumpliendo una medida de aseguramiento o condenadas en Centros de Detención Transitoria como Unidades de Reacción Inmediata (URI), Estaciones de Policía u otra institución del Estado que brindan dicho servicio, se adelantara conforme a las siguientes reglas: La persona que se encuentra afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS, o a un régimen especial o de excepción en salud, mantendrá la afiliación al régimen respectivo y que Las personas que no se encuentren afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud y que no tengan capacidad de pago, serán afiliadas al régimen subsidiado. La afiliación se realizará mediante listado censal, que será elaborado por las gobernaciones o las alcaldías distritales o municipales, según sea el caso, con información diaria propia o que entregue de manera coordinada, oportuna y completa, la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación.